Oposicion: Oposiciones a Cos de Mestres: Educació Secundària
Oposiciones a Cos de Mestres: Educació Secundària
Tfno.: Modalidad: A distancia, Semipresencial
Precio: Consultar
PROCESO SELECTIVO
FASE De OPOSICIÓN - Prueba única: Con dos partes no eliminatorias
Primera parte - Parte A Desarrollo
Por escrito de un tema elegido por el aspirante, entre los extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.
• Especialidades hasta 25 temas: 3 bolas
• Especialidades hasta 51 temas: 4 bolas
• Especialidades hasta 75 temas: 5 bolas
Segunda parte - Parte B
Comprobación de la aptitud pedagógica y dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
B.1: Presentación de una programación didáctica, correspondiente a un curso
B.2: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica. Al azar el aspirante sacará tres unidades didácticas de su programación y defenderá una.
En caso del profesorado interino en activo, las administraciones educativas y a petición del interesado podrán sustituir el ejercicio por un informe en el cual se valoren los conocimientos del aspirante sobre la unidad didáctica. Será juzgado, valorado y calificado por el tribunal correspondiente.
B.3: Ejercicio de carácter práctico, en el caso de especialidades instrumentales o técnicas, que permitirá comprobar la formación científica y el dominio de las técnicas necesarias para poder impartir la especialidad a la cual optan.
* La calificación de cada una de las dos partes (A y B) será puntuada de 0 a 10 puntos, teniendo cada parte un peso mínimo del 40 %. Este peso será concretado en la convocatoria que se publicará próximamente.
Una aprobada la fase de oposición con un mínimo de 5 puntos, se pasa a la fase de concurso.
FASE DE CONCURSO (en este apartado, los aspirantes no pueden obtener más de 10 puntos)
Experiencia docente previa (máxima puntuación: 7 puntos)
1. Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo cuerpo en centros públicos: 0,700 puntos.
2. Por cada año de experiencia docente en especialidades de diferente cuerpo al que se opta en centros públicos: 0,350 puntos.
3. Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al cual se opta, en otros centros: 0,150 puntos.
4. Por cada año de experiencia docente en especialidades de diferente nivel educativo que el impartido por el cuerpo al cual se opta en otros centros: 0,100 puntos
Formación académica y permanente (máxima puntuación: 4 puntos)
1. Expediente académico del título alegado, siempre que se corresponda con el que se exige en cada cuerpo: hasta 1,500 puntos, dependiendo de la media del expediente y según establecerá la convocatoria.
2. Posgrados, Doctorado y premios extraordinarios:
2.1. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (RD 778/1998 de 30 de abril), el Título Oficial de Máster (RD 56/2005 de 21 de enero), Suficiencia investigadora o cualquiera otro título equivalente, siempre que no sea requisito por el ingreso en la función pública docente: 1,000 puntos.
2.2. Por el título de doctor: 1,000 puntos.
2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado: 0,5000 puntos.
3. Otras titulaciones universitarias:
3.1. Titulaciones de primer ciclo: Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados equivalente y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería: 1,000 puntos.
3.2. Titulaciones de segundo ciclo: Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes: 1,000 puntos.
En ninguno de los casos se valorarán los estudios que haya sido necesario superar para la obtención del primer título de la naturaleza que corresponda en cada cuerpo.
4. Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
4.1. Por cada título profesional de Música o Danza: 0,500 puntos.
4.2. Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuela Oficial de Idiomas: 0,500 puntos.
4.3. Por cada título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: 0,200 puntos.
4.4. Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional: 0,200 puntos.
4.5. Por cada título de Técnico Deportivo Superior: 0,200 puntos.
5. Formación permanente: por cursos de formación relacionados con la especialidad o la organización escolar, nuevas tecnologías, didáctica, psicopedagogía, sociología de la educación, convocado por la administración pública, universidades u otras entidades reconocidas por la administración educativa correspondiente:
a) No inferior a 3 créditos: 0,2000 puntos.
b) No inferior a 10 créditos: 0,5000 puntos
Otros méritos (máxima puntuación: 2 puntos)
Serán determinados por la convocatoria que se publicará próximamente.
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